Quienes violen restricciones nocturnas durante el toque de queda sanitario -de 01:00 a 06:00 en los municipios que se encuentran en fase 3 y 4, para frenar el aumento de casos sanitarios de coronavirus- serán penados con algunas sanciones previstas en el artículo 205 del Código Penal y se aplicarán multas millonarias para quienes organicen reuniones de más de diez personas o fiestas clandestinas, que tendrán un tope de 3.364.000 de pesos.
En el inciso Séptimo de la disposición adoptada por la administración de Axel Kicillof, se expresó que “en el caso de fiestas y/o reuniones que vulneran lo permitido legalmente en el marco de las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio y de distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el Artículo 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta 3.364.000 de pesos, tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen”.
En esa línea, las autoridades remarcaron que los eventos de los ilegales que no cumplen con la normativa vigente “pueden ser denunciados a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22 a 6 exclusivamente para este tipo de delitos”.
Para garantizar la medida, la Provincia pidió que los municipios refuercen los controles y habilitó la inspección del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 del Decreto-ley 8841/77 y modificatorias.
En tanto, se decidió restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.