En la madrugada de este domingo, la subsecretaría de Control Urbano Municipal por medio de inspectores de Comercio y Bromatología, participó de un operativo policial en el marco de una denuncia por la realización de un fiesta clandestina en un inmueble ubicado en el kilómetro 72 de la Ruta Nacional 3, violando las disposiciones nacionales y locales en el marco de la pandemia de COVID-19.
La inspección se llevó a cabo a las 2.30 horas, constatándose la presencia de 61 personas que resultaron identificadas y deberán comparecer ante el juzgado correspondiente en el marco del inicio de una causa por la violación del DNU Presidencial. La quinta fue clausurada y se secuestraron varios elementos, como una PC, potencia, equipo de música, micrófono y varias bebidas alcohólicas.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 297/20 y siguientes del Poder Ejecutivo Nacional, y el Artículo 205º del Código Penal, establece que será reprimido con prisión de seis meses a dos años, al que viole las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
En tanto, los propietarios del inmueble deberán comparecer a su vez ante la Justicia de Faltas, que en estos casos prevé multas de hasta 1.000 módulos municipales.
Se recuerda que el Decreto 614/2020, especifica que los propietarios de casas de alquiler temporario (quintas, quinchos, natatorios y casas de campo) serán considerados solidariamente responsables ante cualquier inconducta que atente contra la salud pública.
Los mismos deberán inscribirse en un registro que estará abierto hasta el 1 de diciembre. En caso de falta de inscripción, serán pasibles de ser multados hasta por el doble del valor de las multas estipuladas en el decreto si se constatan infracciones a los protocolos sanitarios.
Según la misma disposición, están prohibidos todo tipo de reuniones, fiestas, bailes o similares, quedando únicamente habilitadas para la asistencia de grupos familiares que no superen las 10 personas.