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ECONOMÍA-INFLACIÓN

Tras la multa millonaria contra Molino Cañuelas, la empresa emitió un comunicado

Esta mañana la Secretaría de Comercio Interior a cargo Roberto Feletti, difundió que multó a la empresa Molino Cañuelas y a otras industrias del rubro harinero por “conductas anticompetitivas”. La suma total de las multas supera los 400 millones de pesos.

Molino Cañuelas, la Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM), la Cámara de Industriales Molineros (CIM), la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina (Apymimra) fueron sancionadas por la Secretaría de Comercio Interior por un total de $445.106.597.

La resolución 332/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial y suscripta por el secretario de Comercio Interior, Roberto Feletti, responsabilizó a las empresas mencionadas de “ejecutar una práctica horizontal concertada de fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo en todo el territorio nacional”.

El artículo 3° de la resolución impone multas por $150.000.000 a Molino Cañuelas; $150.000.000 a la Federación Argentina de la Industria Molinera; $93.974.602 a la Cámara de Industriales Molineros y de $51.131.995 y a la Asociación Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina.

Durante el medio día de este martes, la empresa Molino Cañuelas emitió un comunicado en el que rechaza lo resuelto por la secretaría a cargo Roberto Feletti por falta de sustento y por considerarla ilegal.

COMUNICADO OFICIAL DE MOLINO CAÑUELAS

Molino Cañuelas rechaza por falta de sustento e ilegal la Resolución dictada por la Secretaria de Comercio Interior, a instancia de la Comisión Nacional de Defensa a la Competencia (“CNDC”) por la cual se impone una multa a la Empresa y a otras entidades del sector molinero.

La denuncia tiene su origen en 2015 y se formula por un acuerdo sectorial que nunca se aplicó,  el cual tenía como finalidad evitar que las grandes empresas vendan por debajo del costo de producción en perjuicio de las pequeñas empresas con menor capacidad financiera.

La multa impuesta resulta ilegal por infundada, irracional y exorbitante, ya que se basa en un acuerdo que nunca se aplicó, y toma como base de imposición los supuestos beneficios que habría recibido MC por dicho acuerdo.

La sanción recae sobre FAIM, la industria molinera en general, y en MC en particular, lo que resulta llamativo teniendo en cuenta que MC no tiene por si sola la facultad de decisión (más de 70 molinos con un régimen de voto individual en la comisión directiva), al  igual que sorprendió que la resolución se dictó  luego de más de 7 años en donde se aportaron todas las pruebas que fundamentan nuestra posición.

MC interpondrá los recursos judiciales correspondientes con la convicción de que la multa será revocada, en la medida que, entre otras cuestiones, ni siquiera existió la aplicación del acuerdo que se pretende sancionar.

Buenos Aires, 5 de abril de 2022.

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