Con la publicación en el Boletín Oficial (Disposición 29/2024) de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), el documento conocido como cédula azul quedó sin efecto como identificación obligatoria para la circulación en vehículos por el territorio nacional.
Otra de las medidas que incluye esta nueva Disposición es la de dejar sin efecto el vencimiento que las cédulas verdes poseen agregando además que se podrá presentar este documento tanto en formato físico como en digital (mediante la app Mi Argentina).
Alguno de los datos sobresalientes en la Disposición aclara que “habiéndose establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70 el no vencimiento de las Cédulas de Identificación, la existencia de la “Cédula de Identificación para autorizado a conducir” carecería de sustento y aplicación prácticos”.
La nueva normativa también aclara que “las cédulas azules ya emitidas continuarán vigentes hasta tanto sean revocadas por quien las peticionó”.
De esta manera, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) comunica que los documentos y los elementos de seguridad con los que deberán circular los conductores en todo el territorio nacional son los siguientes:
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Licencia Nacional de Conducir.
- Cédula verde (o Cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la Cédula verde).
- Comprobante de seguro vigente.
- Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
- Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
- Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.
Disposición 29/2024 de la DNRPA: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/307350/20240513