jueves, 25 de abril de 2024

EDUCACIÓN | RESOLUCIÓN

El próximo 17 de febrero vuelven las clases presenciales

Axel Kicillof publicó la normativa que permite el regreso a las clases presenciales siempre que la situación epidemiológica lo permita. Se exceptúan docentes y auxiliares mayores de 65 años, y pacientes de riesgo por inmunosupresión o enfermedades crónicas.

El gobernador de Buenos Aires Axel Kicillof publicó este lunes la Resolución 415/2021 para que los chicos y chicas de toda la provincia vuelvan a las aulas de todas las escuelas y colegios en todo el territorio bonaerense. La medida fue refrendada luego de su publicación en el Boletín Oficial.

La medida anuló otra de la Dirección General de Cultura y Educación, que estipulaba la actividad dentro de las instituciones solamente para pequeños equipos de auxiliares, docentes y directivos.

El regreso a las clases presenciales será el miércoles 17 de este mes para los alumnos que perdieron la continuidad pedagógica durante la pandemia, y el lunes 1 de marzo para quienes pudieron seguir asistiendo a clases de manera virtual.

La norma que lleva la firma de la titular de la Dirección General de Cultura y Educación, establece que “podrán reanudarse las clases presencial y las actividades educativas no escolares presenciales” de acuerdo a las distintas situaciones epidemiológicas que transiten los distritos por la pandemia de coronavirus.

Además, se determinó que los mayores de 65 años y pacientes de riesgo por inmunosupresión o enfermedades crónicas, “continúan exceptuados de la obligación de asistencia presencial al lugar de trabajo y los docentes y auxiliares”, como indica el artículo 1 de la Resolución 90/20 del ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros.

Por distintos motivos, parte del personal docente no podrá retomar la actividad presencial en los establecimientos educativos en medio de la pandemia sin haber sido vacunados contra el coronavirus.

Al respecto, el ministerio de Cultura y Educación publicó una normativa para reglamentar cuáles son los requisitos que deben cumplir los docentes para estar exentos de volver a las aulas, en este tipo de inicio de ciclo lectivo muy particular y con el COVID-19 como actor principal.

Las actividades presenciales serán organizadas por las secretarias de Asuntos Docentes, Consejos Escolares, Tribunales Descentralizados de Clasificación y las Jefaturas de Inspección Distrital y Regional.

En tanto, los directivos de los colegios podrán asignar al personal la realización de tareas de manera no presencial para “minimizar el impacto de la movilidad de agentes”, siempre y cuando “no afecte la planificación y el desarrollo de las clases”.

Y en los distritos o establecimientos en los que se suspendan las clases presenciales por razones epidemiológicas se deberá asegurar la entrega de módulos alimentarios y de materiales impresos, además de la continuidad de las obras de infraestructura y de tareas de limpieza y desinfección.

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