lunes, 29 de abril de 2024

ECONOMÍA | SACUDÓN

Tremendo cachetazo a los Monotributistas: en enero sube un 110% el valor de las cuotas

AFIP anunció que las nuevas tarifas de las cuotas tendrán un importante incremento a partir del 1° de enero. Si bien el aumento es más bajo que la inflación anual, la suma de los impuestos anunciados golpearán muy fuerte a los trabajadores autónomos.

Este miércoles se publicó la nueva escala de valores de las cuotas que los Monotributistas deberán abonar a partir del 1° de enero del 2024.

La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) conducida por la abogada Florencia Lucila Misrahi comunicó que el aumento de todas las categorías será del 110%. De esta manera, el régimen para los pequeños y medianos contribuyentes pasará a pagar más del doble de lo que venían abonando hasta es mes.

Recordemos que en la cuota del Monotributo se abonan mensualmente varios componentes, entre ellos el pago de IVA y Ganancias, Aportes Jubilatorios y Obra Social.

LAS NUEVAS TARIFAS PARA MONOTRIBUTISTAS A PARTIR DE ENERO

  • Categoría A: Cuota: $12.128,39 – Tope anual de facturación: $2.108.288,22.
  • Categoría B: Cuota: $13.571,75 – Tope anual de facturación: $3.133.941,71.
  • Categoría C: Cuota: $15.241,42 – Tope anual de facturación: $4.387.518,35.
  • Categoría D: Cuota: $19.066,46 – Tope anual de facturación: $5.449.094,70.
  • Categoría E: Cuota: $24.526,43 – Tope anual de facturación: $6.416.528,89.
  • Categoría F: Cuota: $29.223,11 – Tope anual de facturación: $8.020.661,11.
  • Categoría G: Cuota: $33.439,61 – Tope anual de facturación: $9.624.793,31.
  • Categoría H: Cuota: $56.402,68 – Tope anual de facturación: $11.916.410,77.
  • Categoría I: Cuota: $81.121,96 – Tope anual de facturación: $13.337.213,57.
  • Categoría J: Cuota: $93.619,47 – Tope anual de facturación: $15.285.088,45.
  • Categoría K: Cuota: $106.964,65 – Tope anual de facturación: $16.957.969,16.
Recategorización de monotributistas

RECATEGORIZACIÓN DEL MONOTRIBUTO

Del 1° al 22 de enero se realiza la primera recategorización anual del Monotributo del año. ¿Quiénes deben hacerlo? Para esto los contribuyentes deberán realizar el siguiente relevamiento:

  • Si tu facturación anual (últimos 12 meses) superó el límite de facturación correspondiente a tu categoría.
  • Verificar si la superficie afectada, los alquileres devengados anuales o el consumo eléctrico se modificó en el último año.

Si alguno de los datos sufrió modificaciones en los límites de tu categoría actual o vigente, corresponderá hacer la recategorización. El nuevo valor de la cuota se abonará al mes siguiente.

Puedes seguir esta guía para completar la recategorización de AFIP que te llevará a pasar o no, a una siguiente categoría.

Dos datos importantes, si tu inscripción al Monotributo es inferior a los 6 meses no debes hacer ninguna modificación a tu categoría. Quienes no presenten cambios, tampoco deberán recategorizarse.

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