martes, 30 de abril de 2024

FIN DE SEMANA LARGO

Restricción de camiones en rutas y autovías de la provincia

Lo dispuso la Dirección de la Provincia de Buenos Aires. La restricción será en autovías y rutas provinciales y abarcará a camiones de carga que superen las 7 toneladas.

Desde ayer 24 y hasta el próximo domingo 28 de mayo la circulación del transporte de cargas quedó restringida en autovías y rutas de la Provincia de Buenos Aires.

Desde la Dirección de Vialidad Provincial informaron que la circulación de camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto no podrán circular por: Autovía 2, Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires–La Plata.

Esta medida fue tomada con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas.

Una de las autovías de la provincia, la 2, una de las conexiones más utilizadas para llegar a la costa atlántica.
Autovía 2, una de las conexiones más utilizadas para llegar a la costa atlántica.

DETALLES DE LAS RESTRICCIONES EN RUTAS Y AUTOVÍAS

Sentido a Costa Atlántica
Miércoles 24 de mayo de 2023 de 18:00 hs a 23:59 hs.
Jueves 25 de mayo de 2023 de 06:00 hs a 14:00 hs.

Sentido a CABA
Domingo 28 de mayo de 2023 de 14:00 hs a 23:59 hs.

Autopista Buenos Aires – La Plata
Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.

Ruta Provincial N º 2 (AUTOVIA 2)
Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).

Ruta Provincial N º 11
Desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal)

Ruta Provincial N º 36
Desde Rotonda RP N º 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP N º 11 (Pipinas)

Ruta Provincial N º 56
Desde su intersección con la RP N º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).

Ruta Provincial N º 63
Desde Distribuidor de Transito con RP N º 2 (Dolores) hasta Intersección con RP N º 11 (Esquina de Crotto).

Ruta Provincial N º 74
Desde su intersección con la RP N º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N º 11 (Pinamar).

Ruta provincial N°63 que conecta la ciudad de Dolores con la Esquina de Crotto.
Ruta provincial N°63 que conecta la ciudad de Dolores con la Esquina de Crotto.

LOS VEHÍCULOS QUE QUEDAN EXCEPTUADOS

Esta medida no afectará a los transportes de carga que circulen temporaria o permanentemente con cargas inferiores a 7 toneladas de porte bruto.

También a vehículos que transporten las siguientes mercancías:

  • De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados.
  • De transporte de animales vivos.
  • De transporte de pescado y mariscos congelados.
  • De transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
  • De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
  • De atención de emergencias.
  • De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
  • De transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
  • De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
  • De transporte de medicinas.
  • De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
  • De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
  • De transporte de sebo, hueso y cueros. Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.
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