(Fuente: Télam)
Los usuarios deben solicitar que los servicios digitales de empresas radicadas en el exterior, como Netflix, Spotify, Google, Apple y Facebooks, sean facturados en pesos en origen, para tener la posibidad de evitar pagar el adelanto de 35% del Impuesto a las Ganancias, afirmó hoy la abogada e integrante de Unión de Consumidores y Usuarios, Fernanda Lacey.
«Los consumidores deben pedir la facturación en pesos en origen», remarcó la abogada en diálogo con Télam.
Lacey advirtió que la «pesificación» del servicio a nivel local «no garantiza que el usuario quede exceptuado» de la retención del impuesto a las Ganancias del 35% ni de que se compute el pago como parte del cupo fijado para la compra de dólar ahorro.
Tras enfatizar que el trámite que corresponde es el de pedir la pesificación en origen, la abogada reseñó que «tiempo atrás Netflix lo permitía».
El Gobierno argentino informó que requiere a los intermediarios financieros percibir un nuevo impuesto a transacciones hechas con tarjeta de crédito y débito alcanzadas por el impuesto PAIS, desde el 16 de septiembre.
Esta tarde, un vocero de Netflix precisó que en las últimas horas comenzaron a notificar a sus clientes que «verán este nuevo impuesto como un ítem separado en el resumen de su tarjeta de crédito o débito» en referencia a la instrumentación del nuevo impuesto a las transacciones en dólares hechas a través de este medio de pago.
«Entendemos que debido a que el impuesto PAIS se está aplicando actualmente a las suscripciones de Netflix, esta nueva reglamentación también se aplicará», agregó el vocero, quien precisó que la fecha de puesta en marcha de la medida es «desde el 16 de septiembre» en adelante.
En la misma línea informada por la empresa, especialistas tributarios consultados por Télam coincidieron en que «todo aquello que hasta ahora pagaba el impuesto PAIS, queda comprendido» para el adelanto del 35% del impuesto a las Ganancias.
Lacey puntualizó que aún con la facturación en pesos «los consumidores deben ver en el resumen de sus tarjetas si tienen incluido el Impuesto PAIS» y, si es así, «por lo que vimos de la norma, para el usuario se sumará el aumento del 35% liso y llano».
Entre las empresas que prestan estos servicios, uno de los ejecutivos aseguró que tras el anuncio del Banco Central realizado el martes pasado, «estallaron los call center» por la cantidad de llamados de consumidores que pedían cambiar el esquema de facturación.
Según un relevamiento de Télam, las consultas de los consumidores sobre las web de las plataformas llegaron a registrar entre 2 y hasta 4 horas en «sala de espera» para obtener algún tipo de respuesta.
Desde el sector empresario remarcaron que «ningún banco ni tarjeta de crédito puede modificar la moneda en la cual el usuario contrató el servicio» e insistieron en que una modificación de esa naturaleza debe hacerla el cliente con el titular o empresa propietaria.
Lacey señaló que «todo es muy nuevo» y que lleva «48 horas recién» el análisis del impacto de las medidas dispuestas por el Banco Central.
«Cuando las empresas no son locales es muy complejo, hay un tema de comercio electrónico que no está totalmente regulado», indicó Lacey y consideró que «si la empresa está radicada en el país y brinda servicio en nuestro país debería cobrar el servicio en la moneda corriente; salvo que la empresa no tribute acá».
La empresa «está liquidando en dólares y convirtiendo a pesos; y si esto continúa así nadie se va a poder librar del 35% de Ganancias porque las operaciones que figuren en dólares y se conviertan en pesos son pasibles de ser alcanzadas por la retención», agregó la abogada.
Lacey sostuvo que la mayoría de las consultas fueron por los servicios de Netflix y Spotify, si bien indicó que hay «muchos otros servicios y consumos digitales que están alcanzados por la medida», como «la nube de Apple, para quienes usan IPhone».
Indicó también que la medida impactará en consumidores que habitualmente no pagan Impuesto a las Ganancias «para quienes es novedoso y preocupante que la devolución de la retención ocurra recién al término del ejercicio anual», en el primer semestre del próximo año.